Artículo 12. “Nadie será sometido a desaparición forzada, a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”(1)
Por: Andrea Guzmán
Parafraseando la Constitución Política Nacional de 1991, pareciese que esta fuese la frase de un Estado donde aprendió a mirarse con los ojos del perdón, que abatió la guerra y construyó líneas de democracia, soberanía y paz. Sin embargo, tristemente desde que tengo uso de razón la muerte ha sido ese baluarte de dolor nacional, el olvido se ha convertido en atenuante de repetición, y el silencio, como el combustible de una permisividad voraz.
Sobre la revolución Colombiana y el contexto Latinoamericano.
Por: Mauricio Vargas González.
Pongo en consideración estas reflexiones para el debate, para corregir ideas propias y para aportar a la visión de otros luchadores sociales y agentes políticos de cambio.
Lo público en la educación superior colombiana
Por: Leopoldo Múnera Ruiz.
Profesor asociado, Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales - Universidad Nacional de Colombia.
El Teatro en Pereira, un joven vigoroso, y rebelde.
Por: Aleida Tabares Montes
Esta exposición es una provocación, para que la ciudad se reencuentre en el espejo de su gestus social, su gramática corporal, su memoria, su creatividad, su sensibilidad, su conciencia, su fuerza para resistir los embates de la decadencia espiritual a la que asistimos perplejos.